Anexo de gastos personales

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales presentar el anexo de gasto personales para la declaración del Impuesto a la Renta del periodo correspondiente, a través de la página web institucional.

Las personas naturales que durante el año 2019 tuvieron ingresos superiores a USD 11.310 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5.655, deben presentar el Anexo de Gastos Personales en el formulario en línea que el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó en su página web www.sri.gob.ec.

Para cumplir con esta obligación, el contribuyente debe ingresar con su usuario y contraseña a SRI en Línea, opción Anexos, seleccionar Anexo de gastos personales en línea y dar clic en Generación anexo.

Este anexo se presenta de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC del contribuyente, sin embargo, en el marco del proceso de simplicidad tributaria del SRI y para garantizar la adecuada recepción de anexos y declaraciones con vencimiento febrero de 2020, mediante resoluciones NAC-DGERCGC20-00000008, y NAC-DGERCGC20-00000012, se modificó el plazo de presentación del anexo correspondiente al período fiscal 2019, conforme al siguiente calendario, los montos máximos que puede deducir por concepto de gastos personales del período 2019 se detallan en el siguiente enlace: https://www.sri.gob.ec/web/guest/detalle-noticias?idnoticia=718&marquesina=1

El total de gastos personales deducibles para el 2019 es de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente, sin que supere USD 14.703,00 para el territorio continental y USD 26.510,64 para Galápagos.

En el caso de gastos por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, son deducibles en el rubro de salud hasta USD 22.620 para el continente y USD 40.783,86 para Galápagos; considerando estos montos como máximos deducibles para la totalidad de los gastos personales, incluidos los demás rubros, cada uno cumpliendo los límites establecidos.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de realizar la presentación del anexo de gastos personales, para la declaración del Impuesto a la Renta, a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras).

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Anexo de gastos personales presentado

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec
2. Ingresar a SRI en línea
3. Escoger anexos
4. Escoger anexo gasto personales en línea
5. Escoger opción registro de beneficiario o pensión alimenticia, registro de dependientes y generación del anexos
6. Ingresar número de identificación y clave
7. Completar información del anexo
8. Enviar anexo


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2026-01 5549 0
2 2026-02 530661 5
3 2025-01 93217 0
4 2025-02 96016 4
5 2025-03 437386 3
6 2025-04 40528 0
7 2025-05 25973 2
8 2025-06 773620 1
9 2025-07 12605 0
10 2025-08 8429 0
11 2025-09 7510 0
12 2025-10 6864 0
13 2025-11 4986 1
14 2025-12 3574 0
15 2024-01 44165 8
16 2024-02 430209 15
17 2024-03 143054 11
18 2024-04 29364 2
19 2024-05 18482 7
20 2024-06 13003 0
21 2024-07 17761 0
22 2024-08 8209 0
23 2024-09 6047 0
24 2024-10 6048 0
25 2024-11 9513 0
26 2024-12 8673 0
27 2023-01 53798 7
28 2023-02 306901 18
29 2023-03 202850 14
30 2023-04 61426 2
31 2023-05 30309 3
32 2023-06 17249 0
33 2023-07 15934 4
34 2023-08 11672 1
35 2023-09 11848 0
36 2023-10 8120 1
37 2023-11 6350 1
38 2023-12 5574 3
39 2022-01 42856 0
40 2022-02 209736 11
41 2022-03 134278 16
42 2022-04 31972 15
43 2022-05 19871 27
44 2022-06 15621 18
45 2022-07 12415 19
46 2022-08 10317 12
47 2022-09 10261 0
48 2022-10 9305 1
49 2022-11 11526 0
50 2022-12 27398 0
51 2021-01 7744 1
52 2021-02 197341 14
53 2021-03 151555 3
54 2021-04 30329 2
55 2021-05 15905 1
56 2021-06 11663 0
57 2021-07 11663 0
58 2021-08 8215 0
59 2021-09 7476 0
60 2021-10 6117 0
61 2021-11 6298 0
62 2021-12 6123 1
63 2020-01 59719 14
64 2020-02 210923 38
65 2020-03 147120 6
66 2020-04 21874 9
67 2020-05 18315 2
68 2020-06 17963 2
69 2020-07 21666 1
70 2020-08 12697 1
71 2020-09 10469 1
72 2020-10 9103 0
73 2020-11 9012 0
74 2020-12 8313 1
75 2019-01 37710 10
76 2019-02 234212 68
77 2019-03 121678 28
78 2019-04 35661 3
79 2019-05 18959 1
80 2019-06 13694 1
81 2019-07 12987 0
82 2019-08 10003 1
83 2019-09 8822 4
84 2019-10 6905 1
85 2019-11 14434 0
86 2019-12 11429 1
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/03/10

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