Solicitud de reapertura del proceso de determinación de la condición de refugio

La reapertura permite que una personas que previamente haya solicitado protección internacional pueda presentar una nueva solicitud, siempre y cuando cumpla con alguno de los casos a continuación: 

La solicitud de reapertura se puede presentar si:
1. Cuando una solicitud previa a sido negada o inadmitida (y existan nuevos elementos que deban ser analizados;
2. Cuando la persona haya desistido de su procedimiento o haya renunciado a la condición de refugiado; y,
3. Cuando se haya declarado el abandono de su caso.

¿A quién está dirigido?

A las personas extranjeras que hayan presentado previamente una solicitud de protección internacional y la misma haya sido negada, inadmitida, archivada, desistida o haya renunciado a la condición de refugio.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Registro y tramitación de la solicitud de reapertura.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Se podrá solicitar la reapertura del procedimiento de la determinación de la condición de persona refugiada, en los siguientes casos:

a) Cuando exista una solicitud de refugio que haya sido declarada previamente como inadmisible o negada, mediante el respectivo acto administrativo en firme;
b) Cuando las personas hubieren desistido de su solicitud de refugio o presentado una renuncia a su condición de persona refugiada; y,
c) Cuando se haya declarado el abandono y archivo del caso.

¿Cómo hago el trámite?

El trámite se lo realiza en línea:
1. Ingresar a la opción “TRÁMITE EN LÍNEA” disponible en esta página.
2. Completar el formulario con la información solicitada.
3. La Dirección Zonal correspondiente  se comunicará con usted para dar continuidad a su solicitud.

Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:

Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el Tipo de Identificación; si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres. En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos.

Ejemplo: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.

Plazos referenciales:

La revisión y resolución de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugio y/o apatridia se realizará conforme a los plazos previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana. Dichos plazos se computan a partir del ingreso de su solicitud y podrán variar en función de complejidad del caso y las actuaciones que deban realizarse dentro del procedimiento.

Para consultas relacionadas con el estado del trámite o para recibir orientación durante el procedimiento, el usuario podrá comunicarse a través de los canales institucionales habilitados, detallados en la presente ficha, o mediante el correo electrónico registrado, a través del cual se efectuarán las notificaciones oficiales. 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador - Direcciones Zonales 1, 6, 8, 9
Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Protección Internacional

Email: dpin@cancilleria.gob.ec

Teléfono: Teléfono 022993200 Quito: Ext. 23035 - 23036

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2026-01 47 0
2 2025-01 31 0
3 2025-02 29 0
4 2025-03 39 0
5 2025-04 64 0
6 2025-05 78 0
7 2025-06 41 0
8 2025-07 104 0
9 2025-08 52 0
10 2025-09 61 0
11 2025-10 45 0
12 2025-11 60 0
13 2025-12 48 0
14 2024-01 0 0
15 2024-02 16 0
16 2024-03 3 0
17 2024-04 10 0
18 2024-05 22 0
19 2024-06 39 0
20 2024-07 0 0
21 2024-08 45 0
22 2024-09 45 0
23 2024-10 36 0
24 2024-11 39 0
25 2024-12 53 0
26 2023-01 4 0
27 2023-02 4 0
28 2023-03 26 0
29 2023-04 6 0
30 2023-05 16 0
31 2023-06 6 0
32 2023-07 9 0
33 2023-08 17 0
34 2023-09 19 0
35 2023-10 18 0
36 2023-11 24 0
37 2023-12 12 0
38 2022-01 8 0
39 2022-02 39 0
40 2022-03 31 0
41 2022-04 37 0
42 2022-05 19 0
43 2022-06 29 0
44 2022-07 27 0
45 2022-08 27 0
46 2022-09 28 0
47 2022-10 47 0
48 2022-11 318 0
49 2022-12 26 0
50 2021-01 3 0
51 2021-02 1 0
52 2021-03 10 0
53 2021-04 59 0
54 2021-05 40 0
55 2021-06 62 0
56 2021-07 60 0
57 2021-08 50 0
58 2021-09 33 0
59 2021-10 18 0
60 2021-11 26 0
61 2021-12 22 0
62 2020-01 3 0
63 2020-02 3 0
64 2020-03 0 0
65 2020-04 3 0
66 2020-05 0 0
67 2020-06 0 0
68 2020-07 0 0
69 2020-08 0 0
70 2020-09 6 0
71 2020-11 0 0
72 2020-12 2 0
73 2019-01 15 0
74 2019-02 8 0
75 2019-03 34 0
76 2019-04 39 0
77 2019-05 31 0
78 2019-06 31 0
79 2019-07 25 0
80 2019-08 28 0
81 2019-09 33 0
82 2019-10 9 0
83 2019-11 9 0
84 2019-12 0 0
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/06/27

Contenido

¿Te sirvió el contenido?